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¿Qué son los estatutos de una cooperativa?

COLUMNA. La Posta propone este espacio como un aporte a la educación cooperativa, teniendo en cuenta que en el distrito existe una gran cantidad de trabajadores bajo este tipo de administración y no conocen sus obligaciones ni sus derechos.

Todo grupo social necesita reglas internas que lo gobiernen, estos códigos deben estar escritos con un orden establecido en forma de artículos. En las sociedades cooperativas estas normas se les conocen como “Estatutos”.

En términos generales los estatutos son legislaciones internas que rigen de manera general el funcionamiento de las organizaciones o sociedades. Tal como lo dicta el movimiento cooperativo, éstos son elaborados por todos los socios sin discriminación ni distinción.

Otra característica importante de estas reglas internas es que en ellas queda constituida la naturaleza y finalidades principales de la cooperativa, su forma de gobierno, estructura interna, derechos y obligaciones de los miembros, modo y manera de obtener servicios primarios, además de los pasos para ingreso y retiro de los socios, entre otras cosas.

Los estatutos definen el objeto social de la sociedad, concretando de esta forma todas las actividades que lo integran.

La denominación legal de la sociedad.

La fecha en que comienzan las actividades u operaciones de la sociedad.

REFORMA DEL ESTATUTO

Es posible la modificación de cualquier artículo del Estatuto Interno (si está homologado) de la cooperativa. La presentación de la documentación debe hacerse en el INAES y puede ser realizada por cualquier asociado de la cooperativa.

Se deberá presentar una copia íntegra del acta de asamblea que hubiese aprobado la reforma

estatuaria, acta que deberá contener la transcripción completa del nuevo texto.

Las copias serán firmadas por presidente y secretario del consejo de administración vigente al momento de la iniciación del trámite. Debe acompañarse con una copia del estatuto que se modifica.

Debe presentarse una nota formulando la solicitud que corresponda, con firmas simples de presidente y secretario, detallándose la documentación que se presenta e indicando la dirección de la sede de la entidad (Resolución 4069/05, artículo 2 y su complementaria Resolución 4968/09).

Todas las reformas estatutarias deben ser aprobadas por Asamblea (ordinaria o extraordinaria).

Las resoluciones se adoptan por simple mayoría de los presentes en el momento de la votación, salvo las previsiones del artículo 53 de la Ley 20337 o lo establecido en el estatuto de la cooperativa para decisiones que requieran mayor número. Por ejemplo el caso de cambio del objeto social, la fusión o incorporación y la disolución, en donde es necesaria la mayoría de los dos tercios de los asociados presentes en el momento de la votación.

¿Ahora te das cuenta de la importancia que tienen los estatutos en las sociedades cooperativas? Debido a esta relevancia, todos los socios de cualquier cooperativa tienen el derecho de conocerlos.

Y vos, ¿conoces los estatutos de tu cooperativa?

Consejo de Administración Cooperativa de Trabajo La Posta del Noroeste Limitada.