La ley ómnibus de Javier Milei, en la mira: “Es antirrepublicano”
POLÉMICA. Los cambios que pretende establecer el Presidente incluyen la delegación de facultades extraordinarias permanentes.
El proyecto de ley ómnibus que envió al Congreso, a fines de diciembre, el presidente Javier Milei ha generado polémica, no sólo por su extensión, sino también por varios de los artículos que ha incluido, uno de los cuales habilita al Poder Legislativo a otorgarle facultades extraordinarias de manera permanente, y hasta con la posibilidad de prorrogarlas.
“La presente ley contiene delegaciones legislativas al Poder Ejecutivo nacional de emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, previsional, de seguridad, defensa, tarifaria, energética, sanitaria y social, con especificación de las bases que habilitan cada materia comprendida y con vigencia durante el plazo específicamente previsto”, reza el texto.
En el mismo sentido postula: “Las normas que se dicten en el ejercicio de esta delegación serán permanentes, excepto cuando la naturaleza de la medida determine su carácter transitorio y así se lo disponga en forma expresa”. Para un sistema republicano como el que rige en Argentina, representa un escándalo pensar en habilitar algo como esto.
El Artículo 227 del Código Penal habla de las penas que podrían recibir por “traición a la patria” aquellos legisladores que otorguen facultades extraordinarias, la suma del poder público, o sumisiones o supremacías al Gobernador o al Presidente. Lo llamativo es que ese artículo está basado en el 29 de la Constitución Nacional, que data de 1853 y había sido redactado por Juan Bautista Alberdi, uno de los próceres más admirados por Milei por sus ideas liberales.
El abogado constitucionalista Julián Portela explicó que, en materia de leyes, “cada uno ve la parte de Alberdi que le interesa”. Y destacó que justamente el Artículo 29 “está basado en su propia vida”, ya que había sido redactado cuando Alberdi se había sido exiliado por Juan Manuel de Rosas y advertido del problema de la quita del poder público. “Es el único artículo penal de la Constitución Nacional”, enfatizó Portela. Y aseveró que “fue escrito con tanta bronca, que hasta insulta y habla de ‘infames’. Ese artículo es la base del Código Penal; es una amenaza y un límite al ataque al republicanismo”.
En ese escrito, el autor de la primera Carta Magna les había advertido a los legisladores para no caer en la trampa de otorgarle facultades extraordinarias permanentes a un presidente o un gobernador. “Ése es el sentido del 227; es una reafirmación del republicanismo”, subrayó el abogado.
“El problema es la magnitud de lo que plantea el presidente Milei. Claro que se pueden pedir facultades extraordinarias por cuestiones puntuales, por emergencias. Pero, cuando se piden con períodos de renovación, estamos al límite”, enfatizó.