Jubilados: la pobreza planificada
Los derechos humanos pueden ser definidos como la normativa de protección, principalmente de la vida y de la dignidad del ser humano, con independencia de cualquier adscripción de nacionalidad, etnia, género, edad, opinión política, religión. Los derechos humanos se basan en el principio de respeto por el individuo. Se llaman derechos humanos porque son universales.
Una sociedad puede ser definida por el lugar que asigna a sus ancianos, las representaciones que sobre este colectivo se formulan, las imágenes que pone en movimiento. Porque la vejez es un hecho biológico y también una construcción social.
Los adultos mayores, por su condición de “inactivos” económicos, con sus mayores niveles de dependencia de otros y su creciente fragilidad, son un colectivo vulnerable a la vez que numéricamente muy significativo. Las sociedades contemporáneas, entre las que Argentina no es una excepción, se hallan ante el desafío de un envejecimiento sostenido de sus poblaciones, en la medida en que no deja de incrementarse el promedio de años de vida de sus habitantes y la tasa de nacimientos se ralentiza.
Los jubilados están en condiciones desventajosas a la hora de presionar para incrementar sus derechos. Es por ello que la aprobación de la Ley N° 27.360, de mayo de 2017, que ratifica la Convención Interamericana de Protección de los Derechos Humanos de los Adultos Mayores, es un salto cualitativo en la consideración de este colectivo, generándose un marco normativo que obliga a los Estados firmantes a desplegar una serie de instrumentos tendientes a cumplir y a hacer cumplir esos derechos consagrados.
Derechos Humanos y Democracia son inseparables, pero la enunciación de los derechos humanos no resuelve de una vez y para siempre su cumplimiento. Es indispensable no solo conocer el alcance que tienen, sino también trabajar para lograr su concreción efectiva.
La Convención Interamericana de Protección de los Derechos Humanos de los Adultos Mayores detecta rango constitucional y, en consecuencia, “obliga” al Estado nacional y a las Provincias a adoptar la perspectiva de considerar a los adultos mayores como sujetos de derecho.
DERECHOS DE PRIMERA GENERACIÓN: se los conoce también como los derechos civiles y políticos. Están destinados a la protección del ser humano, individualmente, contra cualquier agresión de algún órgano público.
DERECHOS DE SEGUNDA GENERACIÓN o Derechos Económicos, Sociales y Culturales: tienen como objetivo fundamental garantizar el bienestar económico, el acceso al trabajo, a la educación y a la cultura. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que les asegure a ella y su familia la salud, alimentación, vestido, vivienda, asistencia médica y los servicios sociales necesarios. Es aquí donde podemos ubicar el derecho a una jubilación digna.
Existen los DERECHOS DE TERCERA GENERACIÓN, también conocidos como Derechos de Solidaridad o de los Pueblos: contemplan cuestiones de carácter supranacional como el derecho a la paz y a un medio ambiente sano. Son derechos colectivos e involucran a las futuras generaciones.
En nuestro país funciona el régimen de reparto, por el cual los trabajadores en actividad y las empresas contribuyen con sus aportes al pago de las jubilaciones.
Actualmente, hay más de 5,7 millones de jubilados y pensionados (el 90,5% más que en 2001) en el régimen nacional.
La realidad es que hoy, una vez más, quienes más sufren el ajuste son las y los jubilados. El ajuste siempre con ellos.
Milei vetó la ley que el Congreso aprobó para actualizar la fórmula previsional con el objetivo de recomponer una parte de la pérdida que las jubilaciones sufrieron en los primeros meses del año pasado.
Desde enero de 2024 a esta parte, se da un hecho inédito: la jubilación mínima no alcanza siquiera a cubrir la canasta básica -esto es lo que necesita una persona para comer, vestirse, movilizarse, etcétera-.
De las rondas de los miércoles pasaron a los miércoles de lucha.
Los miércoles de los jubilados en el Congreso se transformaron en un símbolo de la resistencia contra el ajuste del Gobierno nacional. Es un gran ejemplo para revertir la situación, para pelear por recomponer los haberes, para defender la moratoria, para que se restituya el 82% móvil del salario en actividad y para terminar con la pobreza planificada.
Por “Linqueños por los Derechos Humanos”.