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El Gobierno desregula el transporte de pasajeros sin garantizar controles claros

DUDAS. Desde el Ejecutivo nacional oficializaron las medidas, pero surgieron críticas por la falta de claridad en las evaluaciones de seguridad y calidad.

Hoy martes, el Gobierno oficializó la desregulación del transporte automotor de pasajeros de media y larga distancias.

A partir de ahora, cualquier vehículo que cuente con seguro y la Verificación Técnica Vehicular (VTV) vigentes podrá inscribirse para brindar servicios en esta modalidad.

La medida fue anunciada a través de la Resolución N° 57/2024, publicada en el Boletín Oficial.

El secretario de Transporte, Franco Mogetta, detalló que los interesados podrán registrarse mediante un formulario online como proveedores de transporte de pasajeros, tras lo cual recibirán “el certificado de alta de transportista en un plazo de cinco días hábiles”, documento que habilitará el registro de los servicios a prestar.

Mogetta resaltó que los transportistas y las empresas tendrán la posibilidad de “establecer libremente recorridos, itinerarios, horarios, precios, modalidades y duración de los servicios”, lo que “derivará en más conectividad, y mayor oferta y competencia de precios en beneficio de los pasajeros”, conforme destacó.

La iniciativa era impulsada conjuntamente por la secretaría de Transporte del ministerio de Economía, y el ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, liderado por Federico Sturzenegger. Éste último celebró la medida en su cuenta de X (antes Twitter), habiendo destacado que la reglamentación permitirá que “quienes tengan vehículos grandes o pequeños”, micros, combis, camionetas y autos puedan inscribirse de manera remota, siempre que cuenten con “seguro y revisión vehicular aprobada”. “Simplemente informan a través de un trámite remoto los vehículos, choferes y los recorridos que planifican hacer”, informó Sturzenegger, habiendo enfatizado la simplicidad del proceso.

Además, agregó que los transportistas podrán “cambiar esta información cuando quieran y las veces que quieran”.

Desde la secretaría de Transporte argumentaron que esta resolución “moderniza un régimen de más de treinta años de antigüedad con un sistema cerrado, permisos rígidos y burocracia excesiva”, habiéndolo reemplazado por uno “simple, declarativo, gratuito, digital, y que mantiene los estándares técnicos y de seguridad vigentes”.

EL TRÁMITE. Desde mañana, quienes deseen ofrecer sus servicios como transportistas de pasajeros de media y larga distancias podrán registrarse online y gratuitamente a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD). En el proceso deberán completar y presentar:

formulario de transportistas/empresas;

declaración jurada de nómina de parque móvil;

declaración de nómina de conductores;

título de propiedad o contrato de leasing de los vehículos y pólizas de seguros, entre otros documentos.

Según indicaron desde la secretaría de Transporte, una vez finalizado el registro, se emitirá el certificado de alta de transportista en un plazo de cinco días hábiles. Este certificado permitirá acceder a la inscripción de los servicios a prestar, para lo cual deberán detallar recorridos, horarios, precios, modalidades y duración.

En los casos de los transportistas que ya están operando, se ha establecido un plazo de hasta 60 días corridos para declarar en el Registro Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros (Rntap) los servicios a brindar conforme la nueva metodología.

Finalmente, aunque las autoridades destacaron que “se mantienen las exigencias de seguridad ya establecidas en la normativa vigente” -en cuanto a tránsito, higiene y accesibilidad-, persisten dudas sobre los mecanismos de control para garantizar su cumplimiento.

Fuente: “Infocielo”.