El trabajo autogestionado
COLUMNA. La Posta propone este espacio como un aporte a la educación cooperativa, teniendo en cuenta que en el distrito existe una gran cantidad de trabajadores bajo este tipo de administración y no conocen sus obligaciones ni sus derechos.
El trabajo autogestionario no es trabajo subordinado, porque estos trabajadores son sus propios dueños y quienes dirigen la empresa.
El trabajo autogestionado es trabajo “coordinado” (en tanto son los propios trabajadores quienes orientan y dirigen el trabajo y la gestión de la cooperativa, estableciendo normas internas y designando a administradores para que las apliquen), y por ello tampoco es trabajo autónomo, porque no trabajan de manera independiente unos de otros.
Carecen de autonomía porque deben someterse a aquellas normas que ellos mismos acuerdan con el resto de los integrantes de la Cooperativa u organización autogestionaria.
Algunas organizaciones sindicales se niegan a reconocer esta nueva categoría de trabajo decente, y a valorar el novedoso instrumento de lucha para el movimiento sindical, que constituye la recuperación de empresas, y la autogestión cooperativa, que disciplina a los empleadores, y que permite a quienes son puestos en riesgo inminente de desempleo conservar el trabajo en condiciones que lo dignifican.
El trabajo autogestionario es el nuevo paradigma para una mejor sociedad, para realizar efectivamente el derecho humano y constitucional al trabajo, para aquellos que han sido privados de este derecho esencial y primigenio.
El trabajo autogestionario, debe ser trabajo digno y decente y asegurar a sus integrantes progresivamente el acceso a todos los derechos humanos económicos, sociales, y culturales.
Su relación con los demás trabajadores y con la Cooperativa u Organización autogestionaria no se rige por el derecho del trabajo, valiosísimo régimen protectorio que no ha evitado, no obstante, el desempleo masivo, ni que los informales, ni los desocupados en esta etapa del capitalismo sean privados del derecho a un trabajo decente, y que el trabajo subordinado reduzca sus horizontes crecientemente.
La experiencia compartida con trabajadores autogestionados es que pretenden incorporarse a la vida sindical, aunque carecen de patrón, y se sienten hermanos de clase y destino de todos los trabajadores, pero construyen un futuro que la sociedad les niega, y por ello su acceso a todos los derechos sociales debe ser progresivo, y debe ser regulado separadamente en una “Carta del Trabajador Autogestionario”.
Son trabajadores que reclaman un estado Constitucional Social de Derecho, que asegure sus derechos a la previsión social, a la salud, y de su empresa común que adopte las medidas para ser sustentable, y a partir de ello, y en tanto la empresa común, les garantice luego y progresivamente todos los derechos sociales y previsionales.
El trabajo autogestionario es una realidad que se construye cotidianamente, y es simultáneamente un proyecto tangible, que funciona para construir un mundo lo mejor posible que permita que los individuos expresen sus opiniones, se organicen y participen en las decisiones que afectan sus vidas, y la igualdad de oportunidades y trato para todos, mujeres y hombres. (Organización Internacional del Trabajo)
Consejo de Administración Cooperativa de Trabajo La Posta del Noroeste Limitada.