Política

La Justicia le ordenó al Gobierno cumplir la emergencia en discapacidad

ADVERTENCIA. Un juzgado federal le dio cinco días hábiles al Estado nacional para implementar la norma.

La Justicia le advirtió al Gobierno de Javier Milei que la ley de emergencia en discapacidad “deberá estar en plena ejecución” el 4 de febrero de este año y lo intimó a acreditar el avance de la implementación de la norma. En caso contrario, les aplicará multas a funcionarios.

La decisión del Juzgado Federal de Campana fue tomada luego de la apelación del Ejecutivo en diciembre. En este sentido, el juez Adrián González Charvay resolvió que el Gobierno tenga los procesos administrativos listos para cumplir la normativa sancionada por el Congreso, incluso cuando no se haya pronunciado la Cámara Federal de San Martín, que tiene en trámite una apelación del caso.

“Toda vez que la ley de emergencia citada debe estar reglamentada dentro de los treinta días (conforme el Artículo 21 de la misma), hágase saber a las partes que, tomando como inicio del cómputo el provisto de fecha 18/12/2025, que concedió el recurso de apelación con efecto devolutivo, la ley en trato deberá estar en plena ejecución el día 4/2/2026, sin perjuicio de lo que en definitiva resuelva el superior”, expresa la resolución.

Según han informado familiares de personas con discapacidad en un comunicado, a partir de este fallo el Estado deberá presentar “documentos reales” que acrediten el cumplimiento de la sentencia.

En este contexto, el juzgado advirtió que ya no aceptará informes genéricos basados en “evaluaciones”, “análisis” o “proyectos”, sino en constancias concretas que demuestren avances efectivos.

Por su parte, después de la definición judicial, la actriz y madre de un chico con discapacidad, Valentina Bassi, planteó en Instagram: “La ley se tiene que cumplir. Si en diez días hábiles no cumplen, comenzarían las multas para los funcionarios”.

Cabe recordar que la gestión libertaria había apelado en diciembre el fallo que le ordenaba aplicar de manera inmediata la ley de emergencia en discapacidad y que había dispuesto la invalidez del Artículo 2 del Decreto 681/2025, con el que el Gobierno había suspendido la aplicación de esta ley.

El fallo dictado por el juez González Charvay, que tiene alcance colectivo, debe ser resuelto por la Cámara Federal de San Martín.